Seleccione su idioma

Vehículos de movilidad personal eléctricos

Patinetes

Por motivos de seguridad, en las instalaciones y los trenes no está permitido el acceso de los denominados vehículos de movilidad personal (VMP) eléctricos.

Se entienden como VMP eléctricos aquellos, de una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados por un motor eléctrico.

Los VMP y los patinetes eléctricos, aunque no lleven insertada la batería, no tienen el acceso permitido.

Quedan expresamente excluidos de esta definición y, por lo tanto, fuera de la prohibición, los vehículos propulsados eléctricamente que permiten el desplazamiento de personas con discapacidad.

Bicicletas

En relación con las bicicletas eléctricas y no eléctricas, se admiten un máximo de cuatro bicicletas por tren siempre que no exista una prohibición exprés señalada en los horarios oficiales.

El personal deSFM puede decidir sobre la admisión en función de la ocupación real del tren.

Las personas que viajan tienen que permanecer en las plataformas de los coches y junto a la bicicleta; se tienen que responsabilizar en todo momento de no causar molestias al resto del pasaje y sin provocar daños en el material ferroviario.

Solo se admitirán grupos de viajeros con bicicletas si se han autorizado previamente.

La empresa queda exenta de responsabilidad en el caso de pérdida, robo o desperfectos a la bicicleta.

En caso de concurrir en exceso de bicicletas y sillas de ruedas o cochecitos, el personal de SFM podrá ordenar que los usuarios de bicicletas abandonen el tren y tengan que esperar al siguiente servicio.